Seguridad contra incendios

Obligaciones del titular:

En los establecimientos industriales de nueva apertura o modificaciones sustanciales, se deben cumplir las condiciones de protección pasiva y protección activa contra incendios establecidas en el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales.

El resto de actividades y los edificios de viviendas por su parte deben cumplir lo establecido en el Documento Básico “Seguridad en caso de incendio” del Código Técnico de la Edificación.

Las instalaciones de protección contra incendios deben estar diseñadas de forma que garanticen la seguridad y cumpliendo las normas UNE de referencia

Las instalaciones de protección contra incendios deben pasar los controles y acciones de mantenimiento periódicas establecidas en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

Legislación y normativa:

Entre otras la legislación aplicable en este capítulo es la siguiente:

Documento Básico / Seguridad en caso de incendio del Código Técnico de la Edificación :
(http://161.111.13.202/apache2-default/cte/CTE_DB-SI.pdf)

REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
(http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/inc_indus.htm)

Ordenanza Municipal de Condiciones de Protección Contra Incendios (OMCPI/96).
(http://w3.bcn.es/fitxers/ajuntament/ordenacescat(1fase)/bop2371997.959.pdf)

Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. (http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/inc1942.htm).

Nuestros servicios:

  • La realización de proyectos de instalaciones contra incendios con los correspondientes cálculos de secciones de tuberías requeridos para BIE’s y rociadores.
  • La realización del documento de seguridad contra incendios requerido para la legalización de la actividad en los casos en que la licencia de la actividad así lo requiera.
  • La solicitud y homogeneización de ofertas para la ejecución de los proyectos.
  • La dirección de obras (con los correspondientes controles de calidad, presupuestal y de plazos de ejecución) de las instalaciones proyectadas.