Instalaciones solares
fotovoltaicas

Obligaciones del titular:

En edificios de nueva construcción y superficies superiores a las indicadas en la tabla siguiente se deberán instalar sistemas de captación y transformación de energía solar fotovoltaica.

Tipo de uso Límite de aplicación
   
Hipermercado 5.000 m2 construidos
Multitienda y centros de ocio 3.000 m2 construidos
Nave de almacenamiento 10.000 m2 construidos
Administrativos 4.000 m2 construidos
Hoteles y hostales 100 plazas
Hospitales y clínicas 100 camas
Pabellones de recintos feriales 10.000 m2 construidos

Si la potencia de la instalación es superior a 100 kW instalados, se deberá disponer de un aval por una cuantía equivalente a 500 €/kW instalado según se exige en el Real Decreto 661/2007. http://www.boe.es/boe/dias/2007/05/26/pdfs/A22846-22886.pdf
Presentación de la documentación de la instalación a la OGE.

Normativa y legislación:

Estatal:

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2007, de la Secretaría General de Energía, por la que se establece el plazo de mantenimiento de la tarifa regulada para la tecnología fotovoltaica, en virtud de lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo

REAL DECRETO 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
http://www.boe.es/boe/dias/2007/05/26/pdfs/A22846-22886.pdf

Código Técnico de la Edificación – Documento Básico HE-4: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

REAL DECRETO 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
http://www.boe.es/boe/dias/2004/03/27/pdfs/A13217-13238.pdf

Real Decreto 1663/2000, de 29 de septiembre, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión.
http://www.boe.es/boe/dias/2000/09/30/pdfs/A33511-33515.pdf

Autonómica (Cataluña):

Instrucción 5/2006 sobre evacuación de energía de instalaciones fotovoltaicas individuales compartiendo infraestructuras de interconexión (Parques Solares).
http://www.gencat.cat/economia/doc/doc_35864054_1.pdf

DECRETO 21/2006, de 14 de febrero, por el que se regula la adopción de criterios ambientales y de eco-eficiencia en los edificios.
http://mediambient.gencat.net/Images/43_92256.pdf

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 31 de mayo de 2001, por la que se determina el modelo de contrato tipo y el modelo de factura para instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a la red de baja tensión.
http://www.boe.es/boe/dias/2001/06/21/pdfs/A22182-22188.pdf

DECRETO 352/2001, de 18 de desembre, sobre procedimiento administrativo aplicable a las instalaciones de energía solar fotovoltaica conectadas a la red eléctrica.
https://www.gencat.net/diari/3544/01338036.htm

DECRETO 308/1996, de 2 de septiembre, por el cual se establece el procedimiento administrativo para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial

NOTA: Las instalaciones de potencia inferior a 100 kW se rigen por el Decreto 352/2001, las instalaciones de potencia superior a 100 kW se rigen por el Real Decreto 661/2007.

Nuestros servicios:

  • La elaboración de proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica.
  • La realización de petición de ofertas a instaladores autorizados.
  • La Dirección de obra y controles de calidad, plazos y presupuesto durante la ejecución de la instalación solar fotovoltaica.