Atmósfera explosivas

Esta normativa afecta a toda actividad que trabaja con productos inflamables en cantidades suficientes para que se puedan formar atmósferas explosivas. Por tanto toda instalación que utilice gases combustibles, productos petrolíferos (gasoil, gasolina,…) o líquidos inflamables, puede quedar afectada.

Obligaciones del titular:

De acuerdo a lo establecido en el R.D. 681/2003, el titular de actividades donde se trabaje con sustancias o productos inflamables o explosivos, debe evaluar la posibilidad de formación de atmósferas explosivas y de su ignición y poner los medios para minimizar los riesgos y consecuencias de éstas.

Asimismo deberá elaborar el documento de protección contra explosiones que demuestre

  • Que se han determinado y evaluado los riesgos de explosión.
  • Que se tomarán las medidas adecuadas para lograr los objetivos de este real decreto.
  • Las áreas que han sido clasificadas en zonas de conformidad con el anexo I.
  • Las áreas en que se aplicarán los requisitos mínimos establecidos en el anexo II.
  • Que el lugar y los equipos de trabajo, incluidos los sistemas de alerta, están diseñados y se utilizan y mantienen teniendo debidamente en cuenta la seguridad.
  • Que se han adoptado las medidas necesarias, de conformidad con el Real Decreto 1215/1997, para que los equipos de trabajo se utilicen en condiciones seguras.

Las instalaciones eléctricas realizadas en emplazamiento en los que existe riesgo de incendio o explosión deben diseñarse y ejecutarse de forma que no puedan ser, dentro de límites razonables, causantes de la ignición de las potenciales atmósferas explosivas.

Legislación y normativa:

Real Decreto 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
(http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/rd400atm.htm)

Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.
(http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/atex.htm)

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión – ITC-BT 29, Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión. (http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/itc_bt_29.htm)

Norma UNE-EN 60079-10: Material eléctrico para atmósferas de gas explosivas. Parte 10: Clasificación de emplazamientos peligrosos.

Norma UNE-EN 60079-14: Material eléctrico para atmósferas de gas explosivas. Parte 14: Instalaciones eléctricas en áreas peligrosas (a excepción de minas).

Norma UNE-EN 60079-10: Material eléctrico para atmósferas de gas explosivas. Parte 17: Inspección y mantenimiento de instalaciones eléctricas en áreas peligrosas (con excepción de minas).

CEI 61241. Parte 3.

Nuestros servicios:

  • Clasificación de emplazamientos según normas UNE-EN 60079-10 y CEI 61241-3
  • Elaboración del Documento de Protección Contra Explosiones.
  • Definición de las características de la instalación eléctrica en zonas con riesgo de atmósferas explosivas.